Hace un tiempo, hablábamos en este blog de empresas que, en algún momento, dejaron de cotizar en bolsa.En muchos casos, habían sido suspendidas de cotización tras haber entrado en concurso de acreedores.

Hoy vamos a ver qué les pasa a los accionistas de esas empresas y qué opciones tienen.

¿Qué es una suspensión de cotización?

En primer lugar, aclaremos que la suspensión de cotización de una empresa es una medida que puede tomar la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) para evitar situaciones que alteren el mercado y que perjudiquen al pequeño inversor.

En ciertos casos de mucha gravedad, la decisión de suspender a una empresa de cotización también la pueden tomar Sociedades Rectoras, que son sociedades encargadas de dirigir y administrar las bolsas de valores, responsabilizándose de la organización de los servicios y de los medios de funcionamiento.

No hay que confundir suspender con excluir. La suspensión es temporal y la empresa sigue en bolsa, aunque los valores no pueden negociarse hasta que esa suspensión se levanta. En cambio, cuando una empresa es excluida de cotización, deja de cotizar definitivamente.

¿Por qué una empresa es suspendida de cotización?

Existen varias razones por las que una empresa puede ser suspendida de cotización:

  1. Falta de información: la CNMV puede considerar que no tiene toda la información necesaria acerca de una empresa, por lo que suspende a esa empresa de cotización. Cuando se tiene la seguridad de que todo el mundo puede acceder a los datos que se cree que pueden influir en los precios de las acciones, el supervisor levanta la suspensión de la cotización de dicha empresa y se reactiva la negociación de sus valores.
  2. Rumores: si se han difundido rumores que afectan sustancialmente al valor y a su negociación en bolsa, la suspensión de cotización sería una medida preventiva hasta que esos rumores se confirmen o se desmientan. Es lo que sucedió recientemente con el Banco Popular. La CNMV acordó suspender cautelarmente la negociación de los títulos de la entidad un día después de conocerse los rumores sobre la posible compra por parte del Banco Santander. Tras comunicar la CNMV la suspensión, el Santander hizo efectiva la compra.
  3. OPA: se puede dar el caso de que una empresa lance una OPA (Oferta Pública de Adquisición) de exlcusión sobre otra empresa cotizada, justamente para que ésta deje de cotizar. En el momento en que finaliza el plazo de aceptación de la oferta pública de adquisición de acciones, la CNMV suspende temporalmente la cotización de la empresa cotizada. Esta suspensión se mantiene hasta que las Sociedades Rectoras correspondientes proceden a la exclusión de la negociación de los valores de esa sociedad. Un caso sonado de este tipo es el de Cementos Portland, suspendido de cotización en febrero de este año y excluida posteriormente, al concluir la OPA de FCC.
  4. Concurso de acreedores: uno de los casos más conocidos es el de Pescanova. La que fuera la segunda empresa nacional de Galicia, tras inditex, fue suspendida de cotización en marzo de 2013, tras presentar concurso de acreedores para cinco filiales que se habían declarado en insolvencia, en medio de un escándalo de fraude contable. Se pasó más de cuatro años en suspensión. El pasado 7 de junio, volvió a cotizar y trajo consigo una gran volatilidad de precios, ya que sus títulos se habían estado negociando fuera del mercado a 0,03 euros la acción, cuando, en el momento de la suspensión, estaban a 5,91 euros.

¿Qué pueden hacer los accionistas?

En el caso de que la suspensión se haya producido por una OPA, lo habitual es que la empresa que la ha lanzado se ponga en contacto previamente con los accionistas para notificárselo y llegar a un acuerdo. Si no, también pueden ser los antiguos accionistas los que contacten con la empresa y le exijan la compra de sus valores a un precio equitativo.

El problema para los accionistas de una empresa suspendida de cotización se produce cuando esa suspensión se alarga mucho en el tiempo, incluso años. No olvidemos que esos accionistas siguen siendo los titulares de las acciones, aunque no puedan negociar esos títulos. Por tanto, no puden sacar ninguna rentabilidad, pero, en cambio, han de seguir pagando las comisiones de custodia a la entidad en la que tienen depositadas sus acciones.

En este caso, una opción para ellos es que intenten vender sus acciones a través de su agencia de valores o acudiendo al mercado no organizado, pero no es sencillo en ningún caso. Se trataría de encontrar a un comprador interesado y hacer una transmisión de esas acciones ante notario o de forma privada, pactando un precio entre ambas partes. Lo importante, eso sí, es que la transmisión quede plasmada en un documento público.

Por otro lado, como lo normal es que se vendan lo títulos a un precio inferior al que se compraron, no hay que olvidar que esas pérdidas se pueden utilizar para compensar otras ganancias patrimoniales en la declaración de la renta.


 

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